Desplazados

El derecho de las víctimas a estar exentas de prestar el servicio militar y de definir su situación de manera gratuita

En Colombia, el servicio militar es obligatorio para todos los ciudadanos mayores de edad, siendo un deber constitucional que busca que los colombianos presten su servicio a la patria. Sin embargo, en el marco del conflicto armado que ha vivido el país por más de cinco décadas, surgen medidas que buscan proteger los derechos de las víctimas y desplazados y garantizar su no participación en situaciones de guerra.

En este contexto, la Ley 1448 de 2011, que establece medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado, contempla la exención en la prestación del servicio militar obligatorio a las personas que han sido víctimas del conflicto armado y que se encuentran inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV). Esto significa que, si una persona ha sido víctima del conflicto armado y se encuentra en el RUV, no está obligada a prestar el servicio militar y puede definir su situación militar de manera gratuita.

Por otro lado, el Ejército Nacional y la Unidad para las Víctimas trabajan de manera articulada para garantizar que las víctimas del conflicto armado no sean expuestas a situaciones de guerra y que no tengan que prestar el servicio militar obligatorio. Para ello, estas entidades intercambian información de manera recurrente para verificar la condición de víctima a quien solicite esta medida, depurando y precisando los registros.

Es importante destacar que las víctimas que, por desinformación, estén prestando el servicio militar obligatorio a pesar de estar incluidas en el Registro Único de Víctimas, pueden presentar un derecho de petición para ser desvinculadas y acceder a los beneficios que les corresponden.

¿Cómo pueden las víctimas del conflicto acceder a estos beneficios?

El primer paso es dirigirse a los Puntos y Centros Regionales de Atención a Víctimas, con los enlaces de víctimas de las entidades territoriales o a través de los canales no presenciales dispuestos por la Unidad para atender a las víctimas del conflicto armado. En estos lugares, se entregará la orientación necesaria para que los jóvenes que deseen definir su situación militar puedan hacerlo sin costo alguno.

Asimismo, se recuerda a las víctimas que residen tanto en Colombia como en el extranjero y que necesitan definir su situación militar, que pueden hacer su registro en libretamilitar.mil.co, donde encontrarán toda la información necesaria para iniciar el trámite de manera rápida y sencilla.

Oscar Montero

Soy Oscar Montero. Desplazado por la violencia, luchador y defensor de los derechos humanos con más de 10 años de experiencia en la cobertura de ayudas sociales. Como propietario de Ayudas10.com, mi objetivo es ofrecer contenido valioso y consejos útiles sobre las ayudas y subsidios en Colombia.

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