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Colpensiones traslada a 45.000 trabajadores de alto riesgo desde fondos privados

Un giro clave en el sistema pensional colombiano: Colpensiones ordenó el traslado obligatorio de 45.000 trabajadores de alto riesgo desde fondos privados al régimen público, con el fin de garantizar sus derechos y beneficios especiales.

Colpensiones anuncia traslado obligatorio de trabajadores de alto riesgo desde fondos privados

Colpensiones anunció el inicio de un proceso de traslado obligatorio para cerca de 45.000 trabajadores de alto riesgo que hoy cotizan en fondos privados, pero que por ley deben estar en el régimen de prima media.

La medida cobija a bomberos, guardianes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y empleados de industrias de alto riesgo, quienes tendrán acceso a beneficios pensionales diferenciados, como menores requisitos de edad y semanas de cotización.

La norma que no se estaba cumpliendo

El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, explicó que la decisión responde a una obligación legal que durante años no se aplicó de manera adecuada.

“Las personas de alto riesgo no pueden estar afiliadas a los fondos privados. La ley ordena que sean de Colpensiones”, declaró en entrevista con RCN Radio.

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Comunicación con fondos privados

Para formalizar el proceso, Colpensiones envió comunicaciones a las administradoras privadas solicitando el traslado de los afiliados correspondientes. Con ello, se busca garantizar que los trabajadores accedan de manera inmediata a los beneficios especiales que ofrece el régimen público.

¿Está ligado a la reforma pensional?

La entidad aclaró que este proceso es independiente de la Reforma Pensional que entró en vigencia el 1 de julio de 2025.

La reforma creó un sistema mixto:

  • Aportes hasta 2,3 salarios mínimos se realizan en Colpensiones.
  • Los excedentes se destinan a los fondos privados, ahora denominados Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

El traslado de trabajadores de alto riesgo, en cambio, responde a una obligación legal previa y no depende de edad ni de semanas cotizadas, sino de la naturaleza de la actividad laboral.

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Diferencias con la “Oportunidad de Traslado”

Colpensiones enfatizó que este proceso no debe confundirse con la llamada “Oportunidad de Traslado”, mecanismo extraordinario vigente hasta el 16 de julio de 2026 para que afiliados cercanos a la jubilación cambien de régimen.

  • Oportunidad de Traslado: voluntario, aplica a mujeres mayores de 47 años con al menos 750 semanas y hombres mayores de 52 con 900 semanas.
  • Traslado de alto riesgo: obligatorio, sin importar edad ni semanas, depende solo del tipo de labor ejercida.

Con esta medida, el Gobierno busca saldar una deuda histórica con trabajadores que enfrentan condiciones laborales de mayor riesgo y que requieren protección especial en su pensión.

Oscar Montero

Soy Óscar Montero, creador de Ayudas10.com. Llevo más de una década investigando y compartiendo información sobre subsidios en Colombia. Mi misión es ayudarte a entender y acceder a tus derechos.

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