Muchos pensionados desconocen que parte de su mesada puede estar destinada al Fondo de Solidaridad Pensional.

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La reforma pensional aprobada en 2024 pero aún a la espera de revisión por parte de la Corte Constitucional, ha reabierto el debate sobre los aportes que deben realizar los pensionados al Fondo de Solidaridad Pensional (FSP). Mientras se define su futuro, la norma vigente mantiene reglas claras sobre quiénes deben contribuir y cuánto.
¿Qué es el Fondo de Solidaridad Pensional?
De acuerdo con Colpensiones, este fondo es una cuenta especial de la Nación, administrada por el Ministerio de Protección Social, que busca subsidiar cotizaciones y otorgar apoyos económicos a personas en condiciones de vulnerabilidad o pobreza extrema.
Está dividido en dos subcuentas:
- Solidaridad: subsidia aportes a pensión de trabajadores que no pueden cubrir el 100 % de la cotización.
- Subsistencia: financia ayudas a personas en situación de calle o pobreza extrema.
Este esquema busca que quienes más reciben aporten más, con el fin de sostener la protección social de los más vulnerables.
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Tabla comparativa de aportes al Fondo de Solidaridad Pensional
Grupo | Aportes actuales (vigentes) | Con la Ley 2381 de 2024 (suspendida) |
---|---|---|
Trabajadores | Solo aportan si tienen salario integral (sobre el 70 % del mismo). | |
IBC entre 4 y < 7 smlmv | No aplica | 1,5 % adicional al fondo |
IBC entre 7 y < 11 smlmv | No aplica | 1,8 % adicional al fondo |
IBC entre 11 y < 19 smlmv | No aplica | 2,5 % adicional al fondo |
IBC entre 19 y 20 smlmv | No aplica | 2,8 % adicional al fondo |
IBC > 20 smlmv | No aplica | 3 % adicional al fondo |
Pensionados | Quienes reciben más de 10 smlmv aportan 1 % de la mesada | Mesada entre 10 y 20 smlmv: 1 % Mesada > 20 smlmv: 2 % |
¿Quiénes aportan actualmente?
Según la normatividad vigente, deben aportar:
- Pensionados con mesada superior a 10 salarios mínimos legales vigentes (smlmv): entregan el 1 % de su mesada al Fondo.
- Trabajadores con salario integral: el aporte se calcula sobre el 70 % del salario, además de la cotización al sistema general.
De esta manera, el Fondo capta recursos que luego se destinan a programas de apoyo para los sectores más afectados por la desigualdad.
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Lo que cambiaría con la nueva ley
La Ley 2381 de 2024, hoy suspendida por la Corte Constitucional, establece aumentos graduales en los aportes tanto de trabajadores como de pensionados.
- Trabajadores: entre 1,5 % y 3 % adicional, dependiendo de su Ingreso Base de Cotización (IBC).
- Pensionados:
- Entre 10 y 20 smlmv: aporte del 1 %.
- Más de 20 smlmv: aporte del 2 %.
Estos recursos serían dirigidos principalmente a la Subcuenta de Subsistencia, con el objetivo de fortalecer el Pilar Solidario y ampliar la cobertura de protección social.
¿Qué significa para los pensionados?
En la práctica, quienes tienen mesadas más altas son los que más aportarían. El Gobierno ha defendido la medida como un acto de solidaridad necesario para garantizar la sostenibilidad del sistema y el apoyo a los más pobres.
Sin embargo, la incertidumbre persiste: la reforma debería haber entrado en vigencia el 1 de julio de 2025, pero mientras la Corte Constitucional no dé el aval, los aportes se mantienen bajo las reglas actuales.