El Gobierno nacional autorizó a Prosperidad Social entregar transferencias sin verificar requisitos a los afectados por el sismo.

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Los beneficiarios de los programas de transferencias monetarias de Prosperidad Social que resultaron afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto podrán mantener la continuidad de sus pagos incluso cuando no sea posible verificar temporalmente los requisitos y corresponsabilidades habituales debido a los daños de la emergencia.
La medida fue adoptada mediante la expedición del Decreto Legislativo 1426 del 17 de septiembre de 2026, firmado en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por el presidente de la República, Abelardo De La Espriella, y su gabinete ministerial, con el propósito de blindar el acceso a los recursos de las familias más vulnerables.
Una medida excepcional para proteger los pagos ante la emergencia
El terremoto de magnitud 7,4, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, dejó graves afectaciones en 496 municipios de 16 departamentos del país.
Los reportes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) indicaron la existencia de 196.614 familias y 406.963 personas damnificadas, además de cuantiosos daños en viviendas, centros educativos, puestos de salud y vías de comunicación.
Estas afectaciones destruyeron o comprometieron la infraestructura y los sistemas de información indispensables para validar el cumplimiento de compromisos como la asistencia médica, la vacunación, la matrícula educativa o el reporte de novedades. Con la nueva normativa, se evita que un hogar quede excluido de un ciclo de pago por una imposibilidad logística totalmente ajena a su responsabilidad.
Programas cubiertos por la medida y alcance territorial
La suspensión temporal de verificaciones cobija a cuatro de los programas sociales más importantes del país:
En las zonas con afectación directa, Prosperidad Social registra una cobertura de 258.018 hogares en Renta Ciudadana, 237.363 hogares en Compensación del IVA, 1.255.622 personas en Colombia Mayor y 64.107 personas en Renta Joven.
Cabe destacar que la aplicación de la norma no será automática ni generalizada, ya que la entidad definirá mediante actos administrativos específicos los municipios y los controles donde operará la excepción, basándose en los daños evaluados en cada territorio.
Vigencia de la medida y canales oficiales de atención
Esta facultad excepcional otorgada a Prosperidad Social tiene un límite de duración de hasta 12 meses, y se prevé un levantamiento progresivo de la medida a medida que las regiones recuperen su infraestructura y servicios operativos.
Desde la entidad se reitera que el decreto no crea nuevos subsidios ni incrementa los montos de las transferencias actuales, sino que prioriza la seguridad financiera de quienes ya eran beneficiarios al momento del movimiento telurico.
Para consultar novedades sobre los pagos o reportar cualquier irregularidad, la ciudadanía puede acceder a los canales institucionales autorizados:
- Página web oficial: prosperidadsocial.gov.co
- Canal de WhatsApp: https://onx.la/chwp
- Denuncias por posibles hechos de corrupción: Correo electrónico soytransparente@prosperidadsocial.gov.co















