Subsidios y Ayudas

Apoyo económico de hasta $3,1 millones de la UNGRD: Requisitos y plazos para familias damnificadas por el terremoto

La UNGRD otorgará un apoyo económico temporal de hasta $3,1 millones para los hogares damnificados por el terremoto del 10 de agosto.

subsidio económico de la UNGRD tras el terremoto

Tras el sismo de escala 7,4 registrado el pasado 10 de agosto, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) puso en marcha un plan de asistencia económica dirigido a los hogares que perdieron sus viviendas o cuyas residencias quedaron inhabitables.

El beneficio busca mitigar el impacto de la emergencia y garantizar un sustento temporal durante los primeros meses posteriores al desastre.

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¿De cuánto es el subsidio y cómo se calculan los montos?

El apoyo económico se entregará de manera mensual durante un periodo de tres meses, acumulando un total de hasta $3.151.629 por hogar beneficiario, dependiendo estrictamente de la categoría del municipio donde se encontraba ubicada la vivienda afectada.

La asignación se divide según la clasificación territorial de la siguiente manera:

  • Municipios de categorías 1 y 2 (y distritos especiales): Un apoyo mensual del 60% de un salario mínimo, equivalente a $1.050.543.
  • Municipios de categorías 3 y 4: Un beneficio del 50%, fijado en $875.452 mensuales.
  • Municipios de categorías 5 y 6: Una asignación del 45%, correspondiente a $787.907,25 cada mes.

La entidad enfatizó que estos recursos se otorgan por hogar y no de manera individual por cada integrante de la familia, priorizando a quienes se encuentren debidamente inscritos en los registros oficiales.

Requisitos y plazos clave en el Registro Único de Damnificados

Para poder acceder a este respaldo financiero, las familias deben cumplir con criterios específicos de validación y estar incluidas en los listados institucionales habilitados por la emergencia:

  • Inscripción en el RUD: El jefe del hogar debe estar registrado en el Registro Único de Damnificados (RUD) por el terremoto del 10 de agosto.
  • Acreditación de residencia: Demostrar ante la alcaldía municipal que residía en la zona al momento de la emergencia.
  • Pérdida de vivienda: Certificar que el inmueble de residencia quedó totalmente destruido o fue declarado formalmente no habitable.

En cuanto a los plazos, la Resolución 0765 fijó como fecha límite de cierre definitivo para la incorporación de hogares este 4 de septiembre, permitiendo consolidar el padrón final de beneficiarios tras los cruces de validación de identidad con la Registraduría Nacional.

Alerta institucional contra posibles fraudes y estafas

Ante la coyuntura, la UNGRD lanzó una advertencia a la ciudadanía frente a la circulación de mensajes y correos electrónicos fraudulentos que utilizan su imagen corporativa y la de redes de giros para engañar a los afectados. La entidad recordó que no solicita pagos ni intermediarios para acceder a los recursos, y reiteró que cualquier información oficial sobre fechas y medios de desembolso se comunicará exclusivamente a través de sus canales institucionales autorizados.

Oscar Montero

Soy Óscar Montero, creador de Ayudas10.com. Llevo más de una década investigando y compartiendo información sobre subsidios en Colombia. Mi misión es ayudarte a entender y acceder a tus derechos.

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