El programa Colombia Mayor es una iniciativa del Gobierno colombiano que tiene como objetivo brindar protección social y económica a los adultos mayores que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Para aquellos que no cuentan con una pensión o viven en la extrema pobreza, esta ayuda económica puede ser una manera de mejorar su calidad de vida y asegurar su bienestar.
En este artículo, te brindaremos toda la información necesaria para que puedas conocer los requisitos para inscribirte en Colombia Mayor y recibir el pago mensual. Además, te daremos algunos consejos útiles para que puedas aprovechar al máximo este programa de protección social.
Requisitos para inscribirse en Colombia Mayor
Para poder inscribirse en Colombia Mayor y recibir el pago mensual, es necesario cumplir con ciertos requisitos. A continuación, te mostramos los principales:
- Ser colombiano y tener más de 65 años de edad
- No tener una pensión ni recibir ningún otro tipo de ayuda económica del Estado
- Vivir en situación de pobreza o vulnerabilidad
- No estar afiliado a ningún régimen de seguridad social en salud
- No tener un patrimonio superior a 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes
Si cumples con estos requisitos, podrás inscribirte en Colombia Mayor y recibir el pago mensual correspondiente. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1. Aquí te explicamos como puede consultar su puntaje.
Criterios de priorización
- La edad del aspirante.
- Puntaje del SISBÉN o listado censal.
- La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
- Personas a cargo del aspirante.
- Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona
- Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema. En este evento, el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
- Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
- Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.
La aplicación de los anteriores criterios de priorización busca seleccionar como beneficiarios del programa exclusivamente a los adultos mayores en las condiciones de pobreza más críticas.
Cómo inscribirse en Colombia Mayor
Para inscribirte en Colombia Mayor, deberás seguir los siguientes pasos:
- Dirigirte a la alcaldía o gobernación de tu municipio o departamento.
- Presentar tu documento de identidad y una certificación de residencia.
- Llenar el formulario de inscripción y adjuntar los documentos necesarios.
- Esperar la respuesta del programa para saber si fuiste aceptado.
Es importante destacar que el proceso de inscripción en Colombia Mayor es gratuito y no requiere de intermediarios. Si alguien te solicita dinero para ayudarte a inscribirte, ten cuidado, ya que podría tratarse de una estafa.
Beneficios de Colombia Mayor
Una vez inscrito en Colombia Mayor y habiendo cumplido con los requisitos, podrás acceder a los siguientes beneficios:
- Un pago mensual de $80.000 pesos colombianos, que será entregado en una tarjeta bancaria.
- Acceso a servicios de atención médica y a programas de recreación y deporte para adultos mayores.
Además, Colombia Mayor te brinda la tranquilidad de saber que cuentas con un respaldo económico para cubrir tus necesidades básicas y mejorar tu calidad de vida.
Consejos para aprovechar al máximo Colombia Mayor
Para aprovechar al máximo los beneficios de Colombia Mayor, te recomendamos seguir estos consejos:
- Utiliza el dinero de manera responsable y planificada. Recuerda que este subsidio es una ayuda para cubrir tus necesidades básicas, no un ingreso extra para gastos innecesarios.
- Infórmate sobre los servicios de atención médica y los programas de recreación que ofrecen. Participa en ellos para mejorar tu salud y bienestar.
- Mantente en contacto con el programa y actualiza tus datos cuando sea necesario. De esta manera, podrás recibir información actualizada y evitar problemas en el futuro.
Pueden ingresar a todas las personas que se presenten al programa
No, para poder ingresar a las personas que cumplan todos los requisitos la persona encargada de la atención del programa en el municipio deberá inscribirla en el Sistema de información para las correspondientes validaciones.
Dado que los recursos disponibles no son suficientes para cubrir a todos los adultos mayores que cumplen los requisitos para ser beneficiarios del Programa, se estableció una metodología de priorización que busca seleccionar a los ancianos más pobres de todos los entes territoriales del país.
En dónde me informan si ya puedo recibir el subsidio
El adulto mayor puede dirigirse a la Oficina del Adulto Mayor en la Alcaldía de su municipio o solicitar la información a través de los canales de participación ciudadana definidos por Prosperidad Social.
¿Cada cuánto se realiza el pago del subsidio?
Mensualmente se dará inicio al proceso de pagos del Subsidio del Programa Colombia Mayor el penúltimo día de cada mes.
Los beneficiarios de los siguientes municipios por acuerdos logísticos con las entidades territoriales reciben la transferencia cada dos meses:
¿Cuándo pierdo el subsidio?
El beneficiario que ha ingresado al programa en cualquiera de sus modalidades, perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en la normatividad vigente y en los siguientes eventos:
- Muerte del beneficiario.
- Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio.
- Percibir una pensión
- Percibir una renta entendida como la utilidad o beneficio que se obtiene de alguna actividad o bien en cuantía superior a la establecida en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009
- Percibir otro subsidio a la Vejez en dinero que sumado con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor sea superior a ½ SMMLV otorgado por alguna entidad pública.
- Mendicidad comprobada como actividad productiva.
- Comprobación de realización de actividades ilícitas, mientras subsista la condena.
- Traslado a otro municipio o distrito.
- No cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros.
- Retiro voluntario.
Esperamos que esta información te haya sido de utilidad, no dudes en dejarnos tus comentarios o preguntas relacionadas con el tema.